Cuando los procesos de familia, ya sea divorcio, separación de unión de hecho o modificación de medidas se alargan en el tiempo, es necesario establecer unas medidas provisionales para regular las relaciones con los menores hasta que se dicte Sentencia.
¿Qué son las medidas provisionales en casos de divorcio o separación?
Los procedimientos de separación, divorcio o modificación de medidas a menudo necesitan pruebas que los demoran en el tiempo. Especialmente costosa para su realización es la prueba del informe psicosocial que se realiza a los miembros de la familia en casos donde se pretende la custodia de los hijos o modificar el régimen de visitas.
Si este informe tarda seis u ocho meses en elaborarse, entre que se admite la demanda, la otra parte contesta y se designa a un psicólogo, la situación familiar no debe quedar en un limbo a expensas del deseo de las partes.
¿Cómo se solicitan las medidas provisionales?
Según el artículo 771 de la Ley de Enjuiciamiento civil, basta con una solicitud al Juzgado. En la práctica se realiza una petición con forma de demanda solicitando al Juzgado las medidas imprescindibles para regular la situación familiar:
- Patria potestad
- Custodia de los hijos y régimen de visitas
- Pensión de alimentos y Gastos extraordinarios
- Uso del domicilio familiar
Una vez admitida la solicitud, el Juzgado citará a la otra parte a una comparecencia sin necesidad de que conteste a la demanda, como en el procedimiento principal de separación o divorcio. La contestación u oposición de la otra parte se manifestará en la vista de medidas provisionales.
En teoría, esa comparecencia debería celebrarse a los 10 días siguientes desde la admisión de la solicitud. Lamentablemente, en la práctica no ocurre así. Las saturadas agendas judiciales impiden que se cumpla ese mandato legal.
Juicio de medidas provisionales
A la vista de medidas provisionales las partes deberán asistir con abogado y procurador. Además, deberán aportar las pruebas de que intenten valerse.
En esta fase procesal, cuando la edad de los menores lo permita y siempre que se esté pretendiendo la custodia de los hijos, es frecuente la realización de la prueba de exploración de los menores. En este reconocimiento judicial, el Juez se entrevista con los niños que tengan 12 años o más para conocer cuáles son sus rutinas, su relación con ambos progenitores y sus preferencias.
Si además hay divergencias económicas en cuanto a la pensión de alimentos, deberá aportarse como prueba documental nóminas, declaración de la renta, gastos de los hijos, préstamos de las partes. En definitiva, todo aquello que acredite la capacidad económica real de los progenitores.
¿Cuánto duran las medidas provisionales?
Terminada la vista y a la luz de lo alegado por las partes y la pruebas que se hayan propuesto, el Juez dictará un Auto d
e medidas provisionales en el que decidirá
- A quién se atribuye la patria potestad y la custodia
- Cómo se van a afrontar los gastos de los hijos
- Quién hará uso del domicilio familiar
Este Auto no es recurrible. Se podrá modificar su pronunciamiento cuando se celebre el juicio principal de separación o divorcio, pero no es posible interponer frente al mismo recurso de apelación.
Si las medidas provisionales se hubieren solicitado con carácter previo a la interposición de la demanda de separación o divorcio, tendrán una duración de 30 días. En ese plazo, debe presentarse la demanda y las medidas se prorrogarán hasta que se dicte la Sentencia del procedimiento principal.
En cambio, si estas medidas con coetáneas, es decir, si se han presentado en el mismo escrito de demanda, no será necesario atender al plazo mencionado.
Ejemplo real de medidas provisionales
Como hemos comentado, este tipo de procedimientos se aplica tanto en casos de separación de unión de hecho como en supuestos de divorcio y también, como el que vamos a comentar, en procesos de modificación de medidas.
Adjuntaré a continuación un Auto de Medidas provisionales para que sea más fácil visualizar en qué consiste.
El supuesto de hecho es el siguiente:
Matrimonio con dos hijas que se divorcian hace 5 años y establecen de mutuo acuerdo la custodia compartida de las menores.
Transcurrido el tiempo, tanto el padre como la madre encuentran pareja. Esto provoca un punto de inflexión. Las menores no tienen buena relación con la nueva pareja de su padre y ello provoca frecuentes discusiones cuando se encuentran en su semana de alternancia.
A tal punto avanzan los desencuentros que las hijas deciden no irse con su padre. Son menores que tienen 10 y 13 años de edad. La hija mayor, que es quien más reticencias muestra manifiesta que no quiere cumplir el régimen de visitas y la madre accede a que no lo haga. La hija pequeña sí continua relacionándose con el padre aunque con el tiempo, se ve arrastrada por su hermana mayor y cada vez acude con menos frecuencia.
Derivación a terapia familiar
Pues bien, a petición nuestra, se suspende el pleito principal de modificación de medidas y accede a que toda la familia acuda a terapia familiar para intentar restaurar la situación previa al conflicto. La madre se oponía y pretendía la modificación definitiva y que se estableciera para ella la custodia individual. Tanto la Fiscal como la Juez entendieron que era más conveniente nuestra propuesta y derivaron a la realización de terapia familiar. Es necesario que las menores cumplan y se relacionen con su padre; si para ello es necesario acudir a herramientas o recursos externos que ayuden a todos los miembros de la familia, bienvenido sea.
Mientras acuden a terapia, la Juez ha decidido que las menores estén todos los fines de semana con su padre y un día de visita intersemanal. Además, estableció una pensión de alimentos y la distribución de los gastos extraordinarios hasta que se decida si la custodia continuará siendo compartida o se modificará a custodia individual.
Aquí podéis ver auto de medidas provisionales – ejemplo en procedimiento de modificación de medidas
Desde el departamento de Derecho de Familia de Expert Abogados podemos ayudarte en tu asunto y tramitar tu divorcio, separación o modificación de medidas para que consigas la mejor solución para ti y tu familia, gracias a nuestra especialización.
Mi nombre es Carolina Torremocha y soy abogado especialista en Derecho de Familia.
Carolina Torremocha es sinónimo de cercanía y profesionalidad, la abogada que necesitas dentro del Derecho de Familia. En ExpertAbogados.com, Carolina ha establecido un protocolo para la gestión y agilización de los procesos de separación de parejas de hecho o divorcio a través de internet.