Saltar al contenido

Contacta con un Abogado Especialista

Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors
Inicio » Gastos Extraordinarios en un Divorcio

Gastos Extraordinarios en un Divorcio

gastos extraordinarios en un divorcio

Veamos cuáles son las diferencias entre los gastos ordinarios y los gastos extraordinarios de los hijos en caso de separación o divorcio. Ello nos permitirá saber quién debe hacerse cargo del pago de los mismos y en qué proporción.

¿Qué son Gastos Extraordinarios en un Divorcio?

Por definición son aquéllos que exceden de lo que podíamos prever en el momento de la separación o el divorcio.

Cuando los padres deben calcular los gastos de los hijos para presentar una demanda de divorcio o firmar un convenio regulador, tienen en cuenta los gastos que habitualmente tienen los menores. Estos gastos ordinarios se abonarán directamente por quien tiene la custodia o mediante la pensión de alimentos por el progenitor no custodio.

Más allá de estos gastos, es frecuente que surjan gastos que no estaban previstos en ese momento. Suelen ser gastos imprevisibles y no periódicos.

El ejemplo típico de gasto extraordinario son las gafas. Cuando los padres se separan no existe esa necesidad, pero ante un examen médico posterior, se determina que el menor necesita gafas. Dicho gasto es extraordinario, porque no se podía prever.

Tipos de Gastos Extraordinarios

Dentro de este tipo de gastos de los menores debemos distinguir entre

  • Necesarios
  • No necesarios

Los gastos extraordinarios necesarios son aquéllos que deben realizarse obligatoriamente. Los progenitores no pueden decidir si el gasto es o no conveniente. El ejemplo anterior de las gafas nos sirve para evidenciar que si un menor tiene problemas de visión, adquirir las gafas es una gasto extraordinario necesario.

Los gastos extraordinarios no necesarios son aquéllos que pueden ser convenientes para los hijos pero los progenitores pueden decidir no incurrir en dicho gasto. Para ilustrarlo mejor, veamos un ejemplo: clases o actividades extraescolares de carácter lúdico. Si el menor quiere apuntarse a fútbol pero uno de los progenitores no está conforme con dicha actividad, no está obligado a asumir el coste de la misma.

¿Quién Debe Pagar los Gastos Extraordinarios en un Divorcio y en Qué Proporción?

Es frecuente que se establezcan los gastos extraordinarios por mitad en casos de separación o divorcio. Se dispone así en múltiples Sentencias y en los convenio reguladores firmados por las partes.

Sin embargo, cada día es más habitual que haya una distribución distinta del pago de los gastos extraordinarios. Cuando los ingresos de uno y otro progenitor son muy distintos, es decir, cuando la capacidad económica no es la misma, puede establecer un porcentaje distinto para asumir los gastos extraordinarios. Por ejemplo, pueden abonarse 70 % por uno y 30 % por el otro, o 60 – 40 %.

La distinción para determinar si el gasto es ordinario o extraordinario será la misma, pero la distribución del pago una vez establecido que es extraordinario no lo será por mitad sino en este tipo de porcentajes, acorde a la capacidad económica de ambos progenitores.

Supuestos Contenciosos Frecuentes

El Tribunal Supremo ya se ha pronunciado sobre algunos de los supuestos que son habituales en los Juzgados de Familia: Gasto Extraordinarios divorcio

  • Libros y material escolar. Según la Sentencia 4438/2014 de 15 de octubre, los libros y material escolar no son gastos extraordinarios porque no son imprevisibles, se generan anualmente y se deben tener en cuenta cuando va a calcularse la pensión de alimentos.
  • Carnet de conducir. La mayoría de los Juzgados lo consideran una gasto extraordinario necesario, si bien deberá atender a las necesidades de los progenitores para ser exigible.
  • Viajes de fin de curso. No se considera gastos imprescindible, si bien hay cierta disparidad de criterios. Es necesario el consentimiento de ambos progenitores para que se exija el pago en la proporción que se hubiera fijado en Sentencia.

¿Cómo se Reclaman los Gastos Extraordinarios?

Existe un procedimiento verbal para reclamar los gastos de los hijos que sean distintos de la pensión de alimentos. En primer lugar, es necesario solicitar al Juzgado que declare si el gasto tiene concepto de ordinario o de extraordinario. Dicha solicitud se realiza mediante demanda, encabezada por abogado y procurador, dirigida al juzgado que hubiese dictado la Sentencia de Separación o Divorcio.

El artículo 776.4º de la LEC establece que “Cuando deban ser objeto de ejecución forzosa gastos extraordinarios, no expresamente previstos en las medidas definitivas o provisionales, deberá solicitarse previamente al despacho de ejecución la declaración de que la cantidad reclamada tiene la consideración de gasto extraordinario. Del escrito solicitando la declaración de gasto extraordinario se dará vista a la contraria y, en caso de oposición dentro de los cinco días siguientes, el Tribunal convocará a las partes a una vista que se sustanciará con arreglo a lo dispuesto en los artículos 440 y siguientes y que resolverá mediante auto”.

Se abre una pieza separada de “Declaración de Gasto Extraordinario” donde el Juez se pronuncia sobre el concepto de dicho gasto en concreto. Un ejemplo real de pronunciamiento al respecto:

Respecto a los gastos reclamados en concepto de gastos de logopeda, deben ser considerados como extraordinarios, con independencia del servicio que ofrece la Seguridad Social, su pago debe hacerse por mitad, ahora bien, si bien no es objeto del presente, es necesario el consentimiento o previa aceptación por escrito de ambas partes.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación Dispongo: Acordar el carácter extraordinario de los gastos de logopeda

Cuando el Juzgado ya se ha pronunciado sobre dicho carácter de extraordinario, la parte obligada puede hacer frente al mismo. De lo contrario, la otra parte tiene derecho a ejecutar la Sentencia y solicitar el embargo de los bienes de quien está obligado al pago de los gastos extraordinarios.

Mi Consejo

Para evitar la numerosa litigiosidad que causa determinar si un gasto es ordinario o extraordinario y, por tanto, quién debe asumirlo, lo más aconsejable es fijarlo desde el principio. Tanto si se firma un convenio regulador de divorcio o separación de mutuo acuerdo, como si se solicita en demanda para que se haga constar en la Sentencia, es necesario que los gastos extraordinarios queden fijados en la misma. Así, los progenitores tendrán la base para decidir si quieren realizar dicho gasto, si tienen o no obligación de pagarlo y en qué proporción.

 

Desde el departamento de Derecho de Familia de Expert Abogados podemos ayudarte en tu asunto y tramitar tu divorcio, separación o modificación de medidas para que consigas la mejor solución para ti y tu familia, gracias a nuestra especialización.

Mi nombre es Carolina Torremocha y soy abogado especialista en Derecho de Familia.

Contactar ahora con Carolina aquí:

Leer Política de Privacidad antes de aceptar*
Leer Política de Privacidad antes de aceptar*

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.