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Concursal

Concursal

La mediación concursal se produce cuando un particular, una pyme o un trabajador por cuenta propia se declara insolvente. Esta figura se vio reforzada por la Ley de Segunda Oportunidad, creada en 2015 para flexibilizar tanto el contenido como los efectos de los acuerdos extrajudiciales de aquellos deudores que no pueden hacer frente a sus obligaciones de pago. De este modo se les provee de un mecanismo que les permite contar con una segunda oportunidad.

La mediación tiene lugar cuando ambas partes han suscrito de buena fe un acuerdo mediante el cual se comprometen a dirimir las diferencias que puedan surgir, y es de aplicación incluso cuando esta verse sobre la validez del acuerdo en si mismo.

Esta ley permite que el deudor asuma un plan de pagos con el que pueda saldar la parte de las deudas que no se cancelen, en lugar de verse obligado a sacrificar su patrimonio para cancelarlas. Asimismo, posibilita que se paralicen tanto los embargos como los procesos de reclamación de deudas. Una vez finalizado el procedimiento, el deudor podrá salir de los ficheros se consigue la salida de los ficheros de registro de morosos.

En los post de Expert Abogados relacionados con este tema ahondaremos en la figura del mediador, en el procedimiento concursal y en los requisitos para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, entre otras cuestiones. No dude en contactarnos si necesita que un mediador concursal le ayude a resolver su problema.