¿Qué implica una orden de alejamiento? En este artículo te voy a explicar en qué consiste y qué implica la comúnmente conocida como orden de alejamiento, cuya denominación correcta y completa realmente es orden de protección.
Tipos de Órdenes de Alejamiento
La orden de alejamiento se concede en dos tipos de situación:
Como medida cautelar y hasta la fecha del juicio. Ocurre una vez que la presunta víctima ha interpuesto la denuncia y el juez ha iniciado la investigación de los hechos. Al inicio del procedimiento judicial, las partes (denunciado y denunciante) deben declarar en la comparecencia que recoge el artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Tras dicha comparecencia, el juez decidirá si impone la orden de alejamiento como medida cautelar o no. En cualquier caso, dicha orden tiene validez hasta que se dicte sentencia.
Como condena, una vez que el juez ha dictado sentencia condenatoria. En este caso, el juez también deberá establecer el tiempo en el cual regirá la orden.
¿Qué Requisitos se Exigen para Imponer una Orden de Alejamiento?
El principal requisito que debe cumplirse para imponer una orden de alejamiento es que el juez crea que existe peligro real para la presunta víctima. Te preguntarás: ¿Cómo puede saber el juez realmente si existe ese peligro?. Te lo explico a continuación.
Es complicado que el juez disponga de la suficiente información para tener la certeza absoluta sobre si la víctima corre peligro real o no. Por tanto, lo que hará es examinar, de la forma más objetiva posible, todas las circunstancias que conoce. Después, deberá valorar si existen indicios racionales de peligro para imponer la orden de alejamiento.
¿Se equivocan los jueces? Por supuesto, son personas y es entendible que en algunas ocasiones impongan una orden cuando realmente no existe peligro, o viceversa. Debemos entender que un juez no está dentro de la cabeza de la víctima ni del denunciado, y tomará la mejor decisión según su mejor criterio y con base en la información de la que dispone.
¿Qué Prohibiciones Implica la Orden de Alejamiento?
Realmente, es mas correcto llamarlo orden de protección. A continuación te explico la razón.
La orden de alejamiento llevará aparejada también una prohibición de comunicación, directa o indirecta, mediante cualquier medio, ya sea personal, telefónico, telemático o mediante terceros.
Debemos mantener especial atención a esa prohibición de comunicación, porque se aplica incluso en acciones indirectas en redes sociales. Por ejemplo: pinchar en la pestaña «me gusta» en una foto que la víctima ha subido a Facebook o visualizar una fotografía que la víctima ha subido a su estado de Whats App. En ambos casos, se considera que se ha violado la prohibición porque la víctima recibe una notificación o, por lo menos, la red social le informa de que el presunto agresor ha realizado dicha acción.
En cuanto al alejamiento en sí, la prohibición consistirá en acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajar o cualquier otro lugar que suela frecuentar. El juez deberá especificar la distancia concreta de alejamiento en la resolución judicial en la que adopte la medida.
¿Puede la Víctima Retirar la Orden de Alejamiento?
No. La víctima no puede decidir sobre si mantiene o no la orden de alejamiento. Es frecuente escuchar la frase: te voy a quitar la orden de alejamiento. Siempre es un juez el que deberá tomar la decisión.
¿Qué Ocurre si me Acerco o Comunico con la Víctima con su Permiso?
El consentimiento de la víctima no es válido para que se pueda violar la orden de alejamiento. Por tanto, aunque la denunciante dé permiso para comunicarse o acercarse, el denunciado estará igualmente incumpliendo la orden de alejamiento y/o la prohibición de comunicación.
¿Qué Ocurre si es la Víctima Quien Llama o Quien Acude al Domicilio del Denunciado?
Debemos recordar que la persona sobre la que pesa la orden de protección es el denunciado o condenado, por lo que si recibe una llamada de la víctima y descuelga (sabiendo la procedencia de la llamada) y hablan, se habrá vulnerado la prohibición de comunicación.
¿Y si la víctima acude a la puerta del domicilio o trabajo del denunciado? En ese caso, lo más recomendable es llamar a la policía, informar de todo detalladamente y solicitar que acudan al lugar. También informa a tu abogado para que lo ponga en conocimiento del Juzgado.
¿Qué Consecuencias Tiene Vulnerar la Orden de Alejamiento?
En el caso de que el denunciado o condenado quebrante la orden de alejamiento o la prohibición de comunicación, estará cometiendo un nuevo delito: quebrantamiento de condena o de medida cautelar, tipificado en el artículo 468 del Código penal.
Es importante resaltar que si el agresor quebranta en varias ocasiones la orden de alejamiento impuesta como medida cautelar, el juez podría llegar a tomar la decisión de revocar la libertad provisional y enviar al investigado a prisión provisional hasta la celebración de juicio. Igualmente, si se vulnera la orden impuesta en condena, la nueva condena por quebrantamiento computará como antecedentes penales nuevos e independientes.
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