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Denuncias falsas y falso testimonio

denuncia falsa y falso testimonio

En este breve artículo, trataremos un tema espinoso: denuncias falsas y falso testimonio. Muchas veces, las denuncias que no son reales, están apoyados en testimonios que tampoco lo son.

¿Cuándo se da el falso testimonio?

El falso testimonio se puede dar cuando en un proceso judicial, una de las partes no dice la verdad a conciencia, esto quiere decir, con voluntad propia de mentir.

¿Dónde se regula el falso testimonio?

Los delitos de falso testimonio se encuentran regulados en el Capítulo VI del Código Penal, artículos 458 a 462.

El tipo básico se explica en el precepto número 458 CP:

1.“El testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.”

2.“Si el falso testimonio se diera en contra del reo en causa criminal por delito, las penas serán de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses. Si a consecuencia del testimonio hubiera recaído sentencia condenatoria, se impondrán las penas superiores en grado.”

3.” Las mismas penas se impondrán si el falso testimonio tuviera lugar ante Tribunales Internacionales que, en virtud de Tratados debidamente ratificados conforme a la Constitución Española, ejerzan competencias derivadas de ella, o se realizara en España al declarar en virtud de comisión rogatoria remitida por un Tribunal extranjero.”

 ¿Cuándo se agravan las condenas por falso testimonio?

Artículo 459 del Código Penal:

“Las penas de los artículos precedentes se impondrán en su mitad superior a los peritos o intérpretes que faltaren a la verdad maliciosamente en su dictamen o traducción, los cuales serán, además, castigados con la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio, empleo o cargo público, por tiempo de seis a doce años.”

Artículo 460 del Código Penal:

Cuando el testigo, perito o intérprete, sin faltar sustancialmente a la verdad, la alterare con reticencias, inexactitudes o silenciando hechos o datos relevantes que le fueran conocidos, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y, en su caso, de suspensión de empleo o cargo público, profesión u oficio, de seis meses a tres años.

Artículo 461 del Código Penal en su segundo apartado:

Si el responsable de este delito fuese abogado, procurador, graduado social o representante del Ministerio Fiscal, en actuación profesional o ejercicio de su función, se impondrá en cada caso la pena en su mitad superior y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, por tiempo de dos a cuatro años.

El artículo 462 del Código Penalquedará exento de pena el que, habiendo prestado un falso testimonio en causa criminal, se retracte en tiempo y forma, manifestando la verdad para que surta efecto antes de que se dicte sentencia en el proceso de que se trate.

Denuncia falsa y falso testimonio: el medio de prueba

El testimonio es uno de los medios de prueba sobre la veracidad de los hechos para constituir una eficaz resolución judicial. Los efectos de un testimonio falso pueden provocar  que un juez o un tribunal tome una decisión incorrecta e injusta, lo cual debilitaría la confianza de nuestro sistema de justicia. Sin olvidarnos de que el bien jurídico que se protege castigando por este delito es el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia.

  Denuncia falsa violencia de género ¿Qué hago?

Es por ello, que en muchas ocasiones, el Tribunal Supremo ha decidido imponer penas de cárcel por denuncias falsas en casos de maltrato. El caso es… ¿Cómo se demuestra? ¿Qué complejidad tiene demostrar con pruebas veraces que uno no ha cometido tales hechos en un ámbito privado?

Denuncia falsa y falso testimonio en violencia de género.

Además de la protección a la mujer en casos de violencia de género, el Tribunal Supremo endurece las condenas por denuncias falsas cuando el presunto acusado llega a ser juzgado, cometiendo un delito de falso testimonio. El criterio de la Sala de lo Penal en estos casos en los que la denuncia se ratifica en un juicio debe condenarse como un delito de falso testimonio y no por una mera denuncia falsa. Hablamos sobre un tema de especial gravedad, acusar a alguien de unos hechos que no ha cometido, castigando  y arruinando la vida del varón.

«Si los bienes jurídicos del denunciado falsamente corren el riesgo de ser dañados ante una denuncia falsa, ese riesgo se acentúa más gravemente cuando se produce frente a aquel, ya en juicio oral, un falso testimonio», afirma el Alto Tribunal.

Tenemos que saber diferenciar entre denuncia falsa y testigo falso. Tendemos a pensar que una denuncia falsa no va a tener el mismo efecto penal que un testigo falso, pero la cuestión es que ambos conceptos pueden hundir la vida de una persona.

En todo caso, ante la más mínima sospecha de testigos falsos debe ponerse en manos de un abogado que es quien va a velar por el cumplimiento de la ley y por la protección de sus derechos. Aunque no sea algo que se dé siempre, pero estas excepciones existen y, no podemos permitir que alguien “pague” por algo que no ha realizado. Estas denuncias falsas o falsos testimonios actúan corrompiendo el sistema penal y este  fue diseñado para otros fines.

¿Qué es una denuncia falsa?

Denuncia falsa y falso testimonio

¿Por qué es tan difícil saber diferenciar cuando una denuncia es falsa y cuándo es real?

La cuestión es cómo demostrar esa supuesta evidencia física o psíquica de maltrato que se ha dado entre dos personas en un entorno privado. No siempre se cuenta con testigos o con pruebas que tengan valor probatorio. En ocasiones, la agresión no solo es física, como sabemos puede ser emocional, verbal o psicológica, por lo que es más difícil de demostrar, ya que no hay evidencia de maltrato físico que podamos observar en el rostro de alguien.

Es por ello, que las instituciones priorizan en muchas ocasiones la versión de la mujer en el momento de la denuncia, vulnerando el principio de presunción de inocencia del hombre denunciado

¿Existe presión social? ¿Es el desgaste de un procedimiento penal (dinero en defenderse, energía y tiempo) lo que hace que el hombre tire la toalla y no recurra ante un procedimiento penal injusto?

Denuncia falsa y falso testimonio para conseguir la guarda y custodia.

Una de las razones por las que más denuncias falsas de violencia de género se dan es por redacción del art. 92.7 del Código civil:

“No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica.”

En el que un hombre ha sido denunciado por dichos delitos,  queda etiquetado como “maltratador” sin antes haber sido juzgado.

¿Qué se consigue en los divorcios con denuncias falsas y falso testimonio?

Ante este tipo de denuncias falsas en el ámbito de violencia de género, observamos cómo, también, se puede llegar a obtener un beneficio civil en sede penal. En ocasiones, la necesidad de ofrecer a la mujer una protección efectiva y total contra la violencia de género, una situación de riesgo acarrea una desventaja o desprotección de defensa para el hombre. Las pruebas y una buena defensa serán cruciales.

Las consecuencias pueden ser terribles.  Se etiqueta y se prejuzga de antemano, señalando al hombre como “maltratador”  antes de que el procedimiento penal haya llegado a su fin.  Serían víctimas de este tipo de maltrato, en el que pueden perder todo: el trabajo, el derecho a vivir en su propia casa y la custodia de sus hijos. Añadiendo, además, las dificultades que se puede encontrar en el ámbito personal, debilitando sus relaciones sociales.

  Estadísticas violencia de género

¿Qué debo hacer en caso de denuncias falsas y falso testimonio?

El hombre que sea víctima de una denuncia falsa por malos tratos, no debe dudar en pedir asesoramiento a un abogado penalista especializado en asuntos de malos tratos. Muchas personas se preguntan cómo deben actuar ante una detención. Es importante que tengan claro los derechos básicos. Estos derechos están regulados en el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, Real Decreto Legislativo de 14 de septiembre de 1882.

Claramente existen casos de violencia doméstica siendo los hombres quienes lo sufren, siendo ellos las víctimas y las mujeres las agresoras. . La violencia NO tiene género y los autores pueden ser hombres o mujeres.

Garantías procesales del denunciado por violencia de género

Las bases garantistas del proceso penal indican la vinculación que existe entre la legislación, la práctica procesal a la Constitución y, a los diversos instrumentos de derechos humanos que vinculan al Estado. Se trata de principios que permiten que los culpables respondan ante la ley de modo civilizado y que los inocentes, pese a las deficiencias del sistema, puedan hallar una justa absolución. Son los principios garantistas formados por los derechos fundamentales frente al poder estatal sancionador o ius puniendi.

Es por ello necesaria la existencia de un justo equilibrio entre el ciudadano y el Estado, donde las garantías procesales adquieran sentido y actualidad al evitar la posible inseguridad que provocaría en la sociedad un debilitamiento en la investigación policial y judicial. Es aquí donde entran en juego los intereses del individuo, el interés general de la averiguación de la verdad absoluta, y el éxito de la administración de justicia.

Denuncias falsas y falso testimonio: los Principios del proceso penal

Derecho a la tutela judicial efectiva

Derecho de libre acceso a la jurisdicción, derecho de libre acceso al proceso en las instancias reconocidas, derecho a obtener una resolución fundada en derecho que ponga fin al proceso, el derecho a la efectividad de la tutela judicial (derecho a la ejecución).

El Derecho al debido proceso penal

Interdicción de la persecución múltiple (principio de ne bis in idem), derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, derecho a un juez imparcial, prohibición de compeler a declarar o a reconocer la culpabilidad.

Derecho a la presunción de inocencia

Toda persona acusada tiene derecho a que se presuma su inocencia hasta que no se demuestre lo contrario, conforme a la ley asegurando todas las garantías para su defensa.

Derecho a la defensa

Garantía de un juicio justo. “Porque sin defensa no hay justicia, y sin justicia no hay Estado de Derecho”.

¿Cómo podemos ayudarte?

Desde el Departamento de violencia de género de Expert Abogados, podemos ayudarte en el caso de que hayas sido denunciado por un delito de malos tratos.

Mi nombre es Álvaro Escudero y soy abogado experto en Derecho penal y especialista en delitos malos tratos, violencia doméstica y violencia de género.

Contactar con Álvaro aquí:

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