La Cláusula de Vencimiento Anticipado en la Oposición a la ejecución Hipotecaria. Salvo contadas excepciones, todas las entidades de crédito se basan en la Cláusula de Vencimiento Anticipado para ejecutar una hipoteca y echarte de tu casa.
La Cláusula de Vencimiento Anticipado es aquella que figura en el contrato de préstamo de hipoteca, mediante la cual, si el deudor deja de pagar las cuotas del préstamo, el Banco puede resolver el contrato y exigir la devolución de la totalidad del préstamo. Podéis profundizar más sobre el vencimiento anticipado en mi artículo “Cláusula de Vencimiento Anticipado y su Nulidad”.
El banco se vale de esta Cláusula para reclamarte la totalidad del dinero que te falte por pagar. Si no puedes asumir el pago inmediatamente, como es obvio, puede subastar tu casa para cobrar la deuda. Siempre y cuando, tras la subasta, el dinero obtenido cubra la deuda, si no, el banco te seguirá reclamando hasta verse resarcido.
¿Cuándo puede el banco ejercitar la Cláusula de Vencimiento Anticipado en una Hipoteca?
El vencimiento anticipado está regulado en la Ley Hipotecaria actualizada a 16 de Junio de 2019, se establece que el banco podrá ejercer dicha cláusula:
- Dentro de la primera mitad de la hipoteca, cuando se produzca un impago del 3% del capital concedido o de 12 mensualidades.
- En la segunda mitad del préstamo hipotecario, cuando se haya impagado el 7% del capital concedido o un total de 15 cuotas.
Hemos de tener en cuenta que estas consideraciones se harán con carácter retroactivo, afectando a los contratos firmados previamente a Junio de 2019.
Independientemente de la legislación, el Tribunal Supremo considera nula por abusiva la cláusula de vencimiento anticipado en un préstamo hipotecario cuando:
- El incumplimiento por el deudor debe ser grave o esencial que justifique la reclamación total de la deuda pendiente.
- Para que la cláusula de vencimiento anticipado sea considerada válida debe modular el incumplimiento en función de la duración y cuantía del préstamo.
Según estos parámetros, son nulas, por su ejercicio, las cláusulas de vencimiento anticipado de las escrituras de hipoteca firmadas antes del 16 de Junio de 2019.
Si está tan tasado, ¿Cuándo podemos oponernos?
Como acabamos de indicar, el ejercicio del vencimiento anticipado basado en las anteriores reglas lo es con carácter retroactivo. Es decir, cualquier ejecución hipotecaria iniciada antes de la entrada en vigor de la citada Ley habrá de regirse por las anteriores premisas. Si no es así, y por ejemplo en 2018 se venció anticipadamente el préstamo hipotecario por deuda correspondiente a 5 cuotas no pagadas, el procedimiento se sobreseerá si no hay oposición, y si no se ha sobreseído, y se realiza oposición, argumentando lo antedicho, el procedimiento se archivará condenando en costas a la parte contraria, lo cual será muy ventajoso de cara a negociar con el banco una reducción de la deuda, o una dación en pago.
Explico más profundamente como negociar con el banco en mi artículo “¿Por qué oponerte a una Ejecución Hipotecaria?”
El plazo para la Oposición a una Ejecución Hipotecaria es de 10 días hábiles desde la notificación de la demanda (556.1 LEC).
No obstante lo anterior, y según la Disposición Transitoria tercera de la Ley 5/2019, se dispondrán de otros 10 días para oposiciones por causas previstas en el artículo 557.1.7ª y 695.1 LEC relativos a cláusulas abusivas. Entre dichos motivos, se encuentra el vencimiento anticipado.
Lo que exige esta Disposición Transitoria para poder disponer de éste plazo de 10 días es:
1. Que haya pasado el plazo de oposición de diez días del art. 556 LEC.
2. Que no se hubiera examinado previamente de oficio, o resuelto incidente de oposición relativo a cláusulas abusivas.
3. Que no haya finalizado el procedimiento de Ejecución Hipotecaria.
Por lo que, si los bancos empezaron una ejecución hipotecaria previamente al 16 de Junio de 2019. los deudores tienen la posibilidad de oponerse y que su procedimiento sea archivado, o ponerse al día de lo debido. Barajando un margen de entre 12 y 15 cuotas de impago o un 3-7% de capital debido antes de que sea preceptiva una ejecución hipotecaria.
La Cláusula de Vencimiento Anticipado en la Oposición Hipotecaria es básica para tener un pronunciamiento favorable.
Resumiendo,
Podemos concluir que la ley 5/2019 ampara más al prestatario, haciendo que los bancos vean reducida su gran capacidad dominante, dando cierto margen de maniobra al deudor para no perder la vivienda que llevan pagando durante años por deber alguna cuota hipotecaria.
Con este Post habrás entendido todo sobre el vencimiento anticipado en la oposición a la ejecución hipotecaria.
Mi nombre es Ángel Sánchez y soy abogado especializado en Derecho Hipotecario y Clausulas Abusivas.
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Ángel Sánchez es la voz del derecho bancario
En ExpertAbogados.com, Ángel ha diseñado un protocolo de actuación en el que cualquier consumidor de productos bancarios, podrá ser asesorado sobre si puede reclamar la nulidad del clausurado abusivo y la devolución de su dinero a la entidad bancaria.