¿Qué es el concurso de acreedores? Definiciones básicas
Mucha gente ha oído las palabras «concurso de acreedores», pero para hablar de ello con algo de propiedad, es recomendable conocer algunas definiciones y conceptos. Ello nos permite entender aquello que oímos o leemos y saber como afrontar determinadas situaciones.
En 2021 habrá una gran cantidad de empresas que se declararán en concurso de acreedores. Es altamente recomendable conocer ciertas palabras, ciertos conceptos, e incluso algunos requisitos del concurso para así comprender mejor como actuar en determinadas circunstancias.
En este artículo encontrarás una información clara y sencilla para comprender los términos que se utilizan, y si quieres algo más de detalle no dudes en leer otros artículos o incluso contactar conmigo.
¿Qué conceptos debo tener claros para entender qué es el concurso de acreedores?
En el concurso de acreedores se manejan una serie de definiciones o conceptos básicos que es fundamental que conozcas para comprender mucho mejor de que se está hablando. Ahí van algunos de ellos.
- Concurso voluntario: se denomina así cuando el concurso lo solicita el propio deudor. Es decir, él acude al juzgado y solicita, ante su imposibilidad de pago a sus acreedores, el concurso de acreedores.
- Concurso necesario: en este caso, es un acreedor quien acude al juzgado y solicita que se declare el concurso de una empresa (cliente) que no le paga.
- Insolvencia: es la situación común de no poder atender las deudas u obligaciones adquiridas. No debe confundirse con la situación patrimonial o contable, se trata de no poder pagar en plazo lo comprometido, aún teniendo patrimonio suficiente, no se dispone de liquidez suficiente. La insolvencia puede ser actual (ya no puedo pagar) o inminente (en breve no podré pagar)
¿Qué es la masa del concurso de acreedores?
- Masa activa: forma la masa activa todo el patrimonio de la entidad deudora. Bienes y derechos, en su conjunto. Desde el mobiliario de la oficina, incluidos los bolígrafos, ordenadores, el propio local si es en propiedad, así como también los derechos de cobro a los clientes, el stock, y cualquier bien propiedad de la empresa deudora que pueda convertirse o materializarse en efectivo.
- Masa pasiva: es el conjunto de la deuda. Pero de la deuda que tenga la empresa justo antes de la declaración del concurso. Son los créditos concursales, y lo forman el listado de todos los acreedores, según su clasificación (privilegiados, ordinarios y subordinados)
¿Qué tipos de créditos hay?
- Créditos masa: ostentan dicha clasificación cualquier tipo de deuda que se ocasione con posterioridad a la declaración del concurso de acreedores. Sea quien sea el acreedor o el tipo de deuda contraída.
- Crédito privilegiado: es aquel tipo de deuda que tiene alguna particularidad especial en relación a las otras deudas. Ejemplo, que dicha deuda está garantizada con un inmueble, o bien el acreedor es la Administración Pública, o se trata de deudas por los salarios de los trabajadores.
- Crédito ordinario: la ley lo define como todo aquel que no tiene una clasificación determinada o concreta. Es la deuda “común” que tiene el deudor con sus acreedores “normales” (ordinarios)
- Crédito subordinado: son aquellos originados por intereses financieros, multas, o que están relacionados especialmente con el deudor. Por ejemplo, la deuda que tiene la sociedad con un socio por un préstamo otorgado. También establece la ley el carácter de subordinado a los créditos comunicados en el concurso de acreedores fuera del plazo que se establece.
- ¿Todas las personas o empresas pueden ser declaradas en concurso de acreedores? (presupuesto subjetivo)
Cualquier persona jurídica o natural, empresaria o no, puede ser declarada en concurso. Incluso las herencias yacentes (patrimonio del fallecido aún no aceptado por sus herederos).
Si bien, las entidades (públicas) que integran la organización del Estado no puede ser declaradas en concurso, pero si las sociedades mercantiles cuyo accionariado lo forman entidades públicas (por ejemplo una SA o SL formada íntegramente por un Ayuntamiento.
¿Quién lo tramita?
Para entidades jurídicas y persona natural empresario el trámite se efectúa ante un Juez Mercantil, donde la sociedad o el empresario tenga su domicilio social o su centro principal de actividad.
Sin embargo, para persona natural no empresaria o para la herencia yacente, se tramita ante el Juez Civil del domicilio donde vive o vivía dicha persona.
¿Cómo saber si una empresa debe ser declarada en concurso de acreedores? (presupuesto objetivo)
Una empresa que no puede atender sus obligaciones debe solicitar el concurso de acreedores. Dispone de un plazo de 2 meses desde que conoce esa mala situación, y para ello sirve como hecho revelador de la insolvencia la conjunción de todas o algunas de las siguientes situaciones:
- Tener una sentencia firme en contra de la deudora con una declaración de insolvencia (civil o laboral)
Por ejemplo, trabajador o acreedor que ponen demanda frente a la entidad que les adeuda, y después de un procedimiento de ejecución, y no obtienen patrimonio ni liquidez alguna para satisfacer íntegramente el importe que se les adeuda.
- Apremio o ejecución sin bienes suficientes.
También, si iniciada la ejecución no se encuentra bienes o activos suficientes para satisfacer el importe reclamado.
- Existencia de embargos que afecten de forma general al patrimonio.
Si la empresa deudora tiene embargos sobre su patrimonio que afecten de forma general a todos sus activos, y dichos embargos dificultan gravemente su situación de forma que no puede operar o pagar regularmente.
- Sobreseimiento general en los pagos
Es la situación más común, se produce cuando la empresa deudora deja de pagar de forma generalizada.
- Deudas tributarias
Cuando una empresa tiene 3 meses de impagos frente a la Agencia Tributaria o la Seguridad Social, se encuentra una situación más que probable de deber solicitar el concurso de acreedores.
- Deudas derivadas de salarios con los trabajadores
Si se adeudan 3 meses de salarios a la plantilla también revela una situación concursal
- Liquidación apresurada o alzamiento de bienes
Se produce cuando una empresa, sin acudir al procedimiento legalmente establecido, procede a liquidar su patrimonio (esto es venderlo prácticamente en su totalidad) o se alza con sus bienes (es decir, los “quita” de su patrimonio pero con la finalidad de eludir a los acreedores)
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Mi nombre es Sebastián Martorell y soy abogado especializado en derecho concursal y deudas.
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