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Qué pasa si un heredero no quiere firmar la herencia

Qué pasa si un heredero no quiere firmar la herencia

Hoy vamos a abordar un tema que, aunque no lo creas, resulta muy habitual en los procesos hereditarios y por el que nos preguntan mucho en el despacho: ¿Qué pasa si un heredero no quiere firmar la herencia?

Si uno de los beneficiarios del patrimonio del fallecido no acepta el reparto o no quiere ser adjudicatario, se produce un bloqueo en el reparto de los bienes.

De hecho, no es que no acepte cómo se reparten estos bienes, es que, puede ocurrir que ni siquiera se manifiesta sobre si quiere aceptar la herencia o no.

Sigue leyendo para saber qué pueden hacer el resto de beneficiarios si un heredero no quiere firmar y provoca una situación de bloqueo absoluto, y las vías legales que existen también para el beneficiario que reniega a esa herencia.

Diferencia entre aceptar y repartir la herencia

Mucha gente cree que es lo mismo aceptar que repartir una herencia, pero son conceptos diferentes que hay que explicar.

Cuando una persona, por testamento o por abintestato, es designada heredera, no tiene los derechos del heredero hasta que no acepta la herencia.

Esa persona, cuando sea consciente de que es heredera, puede aceptar la herencia o renunciar a ella. Evidentemente, si la rechaza no llegará a ser heredero.

Si una persona, designada heredera, acepta la herencia, adquiere todos los derechos y obligaciones, que como beneficiario le corresponden. En una palabra, se pone en el lugar del fallecido.

Una vez aceptada, es cuando se tienen que repartir los bienes. Es decir, es el momento de acordar qué bienes corresponde a cada heredero.

De hecho, se puede aceptar la herencia y no repartir los bienes:  en este caso estaríamos ante una comunidad hereditaria, figura totalmente normal.

La aceptación de la herencia es un paso previo a la adjudicación de los bienes: si un heredero no quiere firmar no se puede repartir.

Un heredero no quiere firmar herencia

Qué hacer si algún heredero no acepta la herencia

Puede darse el caso, y se da muy a menudo en nuestro departamento de herencias, que uno de los herederos quiera bloquear este proceso. La primera medida que toma es no aceptar la herencia y, como hemos visto, mientras no se acepte la herencia no se pueden repartir los bienes.

De hecho, la postura que un heredero toma cuando no quiere firmar la herencia suele ser no manifestarse sobre si la acepta o no.

Mientras no se manifieste, el designado heredero tiene el derecho a renunciar a la herencia (o a aceptarla). El problema es que, si un heredero no se manifiesta sobre su decisión, el resto de herederos no pueden repartir la herencia.

De hecho, al no haberse manifestado, el resto de herederos desconocen si tiene intención de aceptar o renunciar a la herencia.

Te recuerdo que para renunciar a la herencia es necesario hacerlo en escritura pública, tal como prevé el artículo 1008 del Código Civil y el artículo 1280. Mientras que, para aceptarla, se puede incluso aceptar de manera tácita.

Una vez llegados a esta situación, en la que no se sabe si este beneficiario ha aceptado o no la herencia, cabe preguntarse: ¿Qué pasa si un heredero no quiere firmar?, ahora ¿qué hago?

Requerimiento para aceptar la herencia

En el derecho común español (desde 2015) la solución está prevista en el artículo 1005 del Código Civil, con la “interpellatio in iure”: “Cualquier interesado que acredite su interés en que el heredero acepte o repudie la herencia podrá acudir al Notario para que éste comunique al llamado que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura o simplemente, o a beneficio de inventario, o repudiar la herencia. El Notario le indicará, además, que si no manifestare su voluntad en dicho plazo se entenderá aceptada la herencia pura y simplemente”.

De esta manera, cuando un heredero no quiera manifestar si acepta o repudia la herencia, y de esta manera se encuentre bloqueando los tramites testamentarios, se le concede un plazo para que tome una decisión y la exprese.

Las consecuencias si un heredero no quiere firmar

La persona requerida para aceptar o renunciar a la herencia tiene un plazo de 30 días para manifestar si acepta o repudia la herencia y, si la acepta, si lo hace a beneficio de inventario o la acepta simplemente.

Si contesta al requerimiento, se estará a lo que manifieste: puede aceptar o repudiar la herencia, o aceptarla a beneficio de inventario.

Si no contesta en el plazo determinado, conforme al Código Civil, se entiende que acepta la herencia sin derecho al beneficio de inventario.

En otras comunidades, como en Cataluña, si no se contesta, se entiende que renuncia a la herencia (de hecho, en Cataluña, el plazo para contestar es de dos meses y no de uno).

Tienes que ser consciente que la aceptación o renuncia de la herencia se hace de manera global e irrevocable. No se puede aceptar la herencia respecto de algunos bienes y no de otros, y la decisión que se tome no se puede variar.

Cómo hacer el requerimiento

Si un heredero no quiere firmar la herencia, el requerimiento tiene que hacerse mediante notario, lo cual implica levantar un acta, y el notario tiene que acudir al domicilio del requerido para entregarle dicha acta.

Si un heredero no quiere firmar

Además, este notario tiene que ser de la localidad del requerido, por lo que, si acudes a un notario de tu domicilio, y el del requerido es de otro domicilio, el coste se duplica, puesto que intervienen dos notarios.

Dicho esto, el coste del acta es de unos 200-250 euros aproximadamente, si solo interviene un notario, y de unos 400-450 si tienen que intervenir dos profesionales.

Mi consejo profesional

Como abogado experto en herencias, he de decirte que más allá de que la remisión de este requerimiento valga para tener constancia de la aceptación o de la renuncia de la herencia por parte de un beneficiario que quiere bloquear el reparto, también sirve, en muchas ocasiones, para forzar que se abran líneas de negociación.

Muchos herederos que no tienen especial interés en una herencia, dejan pasar el tiempo hasta que comprueban que existe una clara y decidida intención de actuar por parte de otro beneficiario. Y si siguen con esa actitud renuente, lo único que van a conseguir es un incremento de costes que puede ser evitado

Por tanto, la estrategia a la hora de negociar una herencia puede ser muy compleja y, en muchas ocasiones, larga. No obstante, es interesante conocer las diferentes herramientas que nos proporciona la legislación para poder utilizarlas convenientemente.

Ya sabes qué pasa si un heredero no quiere firmar la herencia pero, ¿necesitas ayuda con tu caso concreto?

Soy Jesús Puente, letrado experto en Derecho de Sucesiones y Herencias.

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